En el ámbito penal, especialmente en casos relacionados con violencia de género, agresiones, amenazas o delitos contra la libertad sexual, es frecuente que se adopten medidas cautelares destinadas a proteger a las personas en situación de riesgo. Es el caso de la orden de alejamiento, muy común y, al mismo tiempo, muy desconocida en cuanto a sus implicaciones reales, y la cual se puede imponer también como pena accesoria en la sentencia.
Así, muchas personas se preguntan si es posible mantener el contacto, o incluso convivir, cuando esta medida está en vigor. Esta duda es habitual no solo entre personas implicadas en un procedimiento judicial, sino también entre familiares, amigos o profesionales del entorno de la víctima y del investigado.
Aclarar este tipo de cuestiones resulta fundamental para evitar errores que no solo comprometan gravemente la seguridad de las personas, sino que también puedan derivar en consecuencias penales importantes.
