Entre los delitos contra la seguridad vial contemplados en el Código Penal, se encuentra el delito de negativa a someterse a la prueba de alcoholemia.
Hasta la introducción del nuevo artículo 383 en el Código Penal en el año 2007, el antiguo artículo 380 preveía que la negativa a someterse a estas pruebas se castigara como delito de desobediencia grave del artículo 556.
Con la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, se le dio autonomía a esta conducta como tipo penal, creando el actual delito de negativa a someterse a la prueba de alcoholemia.