El delito de lesiones en sus distintas variantes viene regulado en el artículo 147 y siguientes del Código Penal. Se protege la integridad física de la persona (viva y nacida). Las lesiones o menoscabos a cadáveres o a fetos se regulan en otros apartados del Código y son constitutivas de delitos especiales.
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Claves del delito de Hurto
Se castiga como reo de hurto a quien, con ánimo de lucro y sin emplear fuerza en las cosas, ni violencia o intimidación en las personas, se apodere, sin consentimiento de su dueño, de una cosa mueble ajena.
Delito de conducción bajo los efectos del alcohol o drogas
El delito de conducción bajo la influencia del alcohol o drogas está regulado en el artículo 379.2 del Código Penal: "con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro".
El artículo 14 del Código Penal: El error como circunstancia excluyente de la responsabilidad criminal
Puede entenderse por error en el ámbito del Derecho Penal como el falso conocimiento o la ignorancia del autor de un hecho tipificado como delito acerca de alguno de los elementos del tipo de penal o del significado antijurídico de la acción.